En la actualidad en colombia existen diferentes tipos de contrato en una cantidad relativa ya que cambia en funcion de las nuevas leyes, algunos y quizás los mas utilizados son:
Contrato fijo
Este tipo de contrato debe constar siempre por escrito y su duracion no debe ser superior a tres (3) años, pero es renovable indefinidamente.
Si antes de la fecha de vencimiento del termino estipulado, ninguna de las partes avisare por escrito a la otra su determinacion de no prorrogar el contrato, con una antelación no inferior a treinta (30) dias, éste se entendera renovado automáticamente por un periodo igual al inicialmente pactado y así sucesivamente.
Contrato indefinido
Es todo contrato que concierta la prestación de los servicios por un tiempo ilimitado, puede ser tanto por escrito o de palabra, con la excepción de los acogidos al programa de fomento de la contratación indefinida, minusválidos etc
Contrato de obra o servicio determinado
Es aquel que se firma para la realización de una obra servicio, con autonimía y cuya duración sea incierta, en convenios se podrán identificar aquellos trabajos o tareas que puedan cubrirse con este tipo de contrato.
Contrato ocasional o transitorio.
Son aquellos contratos que prestan una labor orientada a satisfacer necesidades extraordinarias de la empresa que como tal escapa al giro ordinario de la actividad mediante un breve lapso que no puede exceder un mes. La temporabilidad de la vinculacion debe concurrir con la naturaleza de la actividad en cuanto es extraña a la finalidad que ejecuta la empresa.
Contrato por prestación de servicios.
En este tipo de contrato la empresa paga unicamente por el valor acordado del servicio, no paga licencias de maternidad, ni incapacidades, ni primas, ni cesantías, ni pensiones, ni parafíscales, ni salud, ni vacaciones. Además el contrato de servicios al no estar regulado por el codigo del trabajo, no esta sometido al salario mínimo, motivo por el que puede hacerse por el monto que se desee.